Domingo 2 de Noviembre de 2025

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ACTUALIDAD

7 de julio de 2023

PASO EL TEMBLOR Y SE VINO LA RECUSACIÓN, QUIMERA DIGITAL APORTANDO LO SUYO EN LA JUSTICIA.

Ayer publicamos la Nota “Cuando pase el Temblor” y si esto fuera una radio hoy deberíamos seguir con “Crímenes” por seguir la línea Ceratti, porque se presentó la recusación de la Fiscal a Dra. Fernández Poblet por parte de los letrados Daniel Carlos Moreno y Juan Pablo Iladarraz defensores de Cacho Garay.

Trátame suavemente.

El hecho jurídico le da sustento a la verdadera prensa que aporta, que investiga, que está del lado de los invisibles, los naturales y los que invisibiliza, el poder obscuro de la política.

En más de una oportunidad hemos mencionado que mágicamente, como en película los mendocinos desde Cornejo Gobernador hasta Suarez gobernador vivimos una especie de Truman Show cuyanizado , donde la realidad la muestra el Gobierno pagando infames sumas a medios cómplices de esa realidad virtual.

Confiamos plenamente en Jueces independientes y probos, como debe ser, por eso, descontamos, la aprobación de la recusación, para al menos, tener esperanza de esa Justicia independiente, y no direccionada.

Los hechos que hacen dudar a esta defensa en cuanto a la

perdida de objetividad de la Sra. Fiscal es en cuanto a que la misma una vez

asumida en el cargo, conocía y de hecho ocurrió, la necesidad de inhibición de la

Sra. Jueza natural de la causa Dra. Alejandra Mauricio por existir entre ambas

profesionales denuncias previas que obedecían a este comportamiento de la

respetable Sra. Jueza, es decir: apartarse de la causa donde fuera a intervenir la

Fiscal Fernández Poblet; posteriormente, es designado por sorteo el Sr. Juez

(Martínez) como Juez de la misma causa, donde al tomar conocimiento la Dra.

Fernández Poblet de dicha intervención, lejos de apartarse y conociendo con

anterioridad la notoria amistad que poseía con el mismo, no efectuó su

inhibitoria o en su caso la recusación del Sr. Juez; por lo contrario, al conocer

dicha circunstancia tomo un camino procesal por demás distinto (solicitar

audiencia para revocatoria de prisión preventiva domiciliaria del Sr. Garay),

hechos estos que configurara lo que hoy entendemos como causal de recusación

y que dicha circunstancia también llevara a la creencia por parte de esta defensa

de una signada falta de objetividad para continuar instruyendo la causa por no

respetarse la Garantía de objetividad para con el imputado, tal y como ha

mencionado la honorable y solmene Dra. Paula Quiroga, hoy Fiscal adjunta

interina, en su decisorio de fecha 22/06/2023 5to párrafo in fine, el cual

respetuosamente y en su parte pertinente cito: ¨ …no puede perderse de vista que

el criterio objetivo exigido al acusador constituye no solo una garantía para el

imputado.

ADJUNTAMOS PEDIDO RECUSACION .

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