Sábado 5 de Julio de 2025

Hoy es Sábado 5 de Julio de 2025 y son las 20:23 - DEL DICHO AL HECHO: ¿ PORQUÉ LOS BARCOS TIENEN NOMBRES FEMENINOS? / Vacaciones de invierno en Tunuyán: Cultura, inclusión y diversión para toda la familia / Avanza el plan de colaboración municipal para la construcción de red de gas / Allasino encabezó un encuentro estratégico con referentes del sector turístico local / Vacaciones de Invierno en Tupungato: teatro, juegos y diversión para toda la familia / CITAS Y FRASES.- / MENDOZA DISCRIMINA POR GÉNERO Y ASFIXIA A LA JUSTICIA ADEMAS DE CONTAMINAR. / El presidente de Uruguay evitará visitar a Cristina Kirchner: ?No es bueno meternos en asuntos de otros países? / El dólar ganó en un día lo mismo que las tasas en un mes, pero los inversores no abandonan las inversiones en pesos / La intimidad de la habitación de Colapinto en la F1: del secreto de su ?magia? al muñeco que le regaló un fan / DEL DICHO AL HECHO: ORIGEN DE LA PALABRA BULLICIO / Activar la Defensa del Agua y el Ambiente en Mendoza: Estrategia Ciudadana para un Futuro Sostenible / La Libertad da pa´ todo. / LAS MEJORES HISTORIAS INSPIRADORAS.- / CITAS Y FRASES.- / LUGARES SOÑADOS.- / CURIOSIDADES.- / NATURALEZA VIVA.- / LA VIDA.- / Cruzada solidaria: más de 2.500 porciones de guiso de lentejas y 50 mil kilos de leña para los sectores más vulnerables /

20 de enero de 2023

Etiquetado frontal: hasta cuándo las pymes pueden pedir una prórroga para implementarlo

La implementación progresiva de cambios en las etiquetas de los productos, que se dividió en dos etapas, prevé una fecha para las grandes empresas y otra para las pequeñas y medianas.

19-01-2023 | 14:25

La ley rige desde octubre del 2021 / Foto archivo.

Las pequeñas y medianas empresas (pymes) tendrán tiempo hasta el próximo viernes para pedir una prórroga para la adecuación de las etiquetas de sus productos a la Ley 27.642 -conocida como de etiquetado frontal- que establece que los productos con exceso en grasas, azúcares, sodio y calorías deben tener octógonos negros con las correspondientes advertencias, entre otras medidas que buscan promover una alimentación saludable.

Sancionada en octubre de 2021

y reglamentada en marzo del año pasado, la Ley de Promoción de la alimentación saludable estableció --entre otras medidas-- una implementación progresiva de cambios en las etiquetas de los productos que se dividió en dos etapas.

La primera exige la colocación de sellos a los que tienen 20% o más del total de energía de azúcares añadidos, 35% más de grasas añadidas, 12% de grasas saturadas, 600 mg de sodio cada 100 gramos, 300 calorías cada 100 gramos y en las bebidas 50 calorías cada 100 mililitros.

Esa primera etapa del etiquetado debe estar lista de manera completa para el 16 de febrero para los productos de las grandes empresas (incluyendo las que pidieron prórroga, las que no pidieron tenían tiempo de adecuarse hasta el 20 de agosto pasado) y para el 19 de agosto en el caso de los productos de las pequeñas y mediadas empresas que hayan presentado un pedido de prórroga (las que no lo hicieron tienen tiempo hasta el 20 de febrero).

Esto implica que a partir de esas fechas se sumarán a las góndolas más productos con etiquetado frontal, que se añadirán a los que ya están.

La segunda etapa alcanza a los productos que tienen 10% o más del total de energía de azúcares añadidos, 30% más de grasas añadidas, 10% de grasas saturadas, 300 mg de sodio cada 100 gramos, 275 calorías cada 100 gramos y en las bebidas 25 calorías cada 100 mililitros.

Estableció una implementación progresiva de cambios en las etiquetas de los productos que se dividió en dos etapas / Foto archivo.

La finalización de esa etapa para grandes empresas es el 20 de mayo, mientras que las pequeñas tendrán tiempo hasta el 20 de noviembre.

Es decir que antes de fin de año las góndolas deberían tener todos los productos con sello, a excepción de los envases retornables de vidrio que tendrán plazo hasta mayo de 2024

Más allá del sello, los productos que tengan estos excesos no pueden contener en sus envases personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas ni estar acompañados por elementos interactivos, obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento.

Tampoco pueden ofrecer la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales, junto a la compra de productos.

La normativa también establece la prohibición de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasadas que contengan al menos un sello de advertencia dirigida a niños, niñas y adolescentes.

El Consejo Federal de Educación (Cofesa) deberá promover la inclusión de los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos de nivel inicial, primario y secundario del país.
Etiquetas:
  • Ley de etiquetado frontal

  • pymes

  • empresas

  • alimentación

  • productos saludables

COMPARTIR: