27 de marzo de 2026
Messi presentó una demanda en la Corte de Nueva York por uso indebido de marca en Temu y otras plataformas online
La acción judicial involucra a personas y empresas acusadas de comercializar imitaciones a través de sitios web y marketplaces, con una estrategia coordinada para ocultar identidades y evadir controles regulatorios
A pocas horas del partido amistoso en el que la Selección Argentina de Fútbol enfrentará a su par de Mauritania en el estadio de Boca Juniors, Lionel Messi y la empresa LMGM iniciaron una demanda ante la Corte del Distrito Sur de Nueva York contra un conjunto de individuos, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada, asociaciones y otras entidades no incorporadas. La acción legal acusa a los demandados de vender productos falsificados usando la marca MESSI en distintas plataformas de comercio electrónico, especialmente a través de Temu y Walmart, afectando la reputación, la integridad comercial y los derechos de propiedad intelectual del futbolista argentino.
La demanda, asignada al juez Edgardo Ramos, se basa en el presunto uso no autorizado de la marca registrada MESSI para la comercialización de artículos que simulan ser originales, aunque en realidad se trata de imitaciones sin licencia. El documento, presentado por los abogados Matthew Lane Schwartz y Christopher Tom del estudio Boies Schiller Flexner LLP, expone una estrategia de comercialización que, según los demandantes, se apoya en la creación de tiendas virtuales en marketplaces, la utilización de diversas cuentas y seudónimos, y la dispersión de beneficios económicos hacia el extranjero para dificultar el seguimiento judicial.
Según la presentación judicial, los acusados operan principalmente en plataformas como Temu y Walmart, donde habilitan tiendas online que aparentan vender productos originales. Estas tiendas, denominadas en el expediente como Defendant Internet Stores, ofrecen mercancía con la marca MESSI y utilizan técnicas de posicionamiento en buscadores y redes sociales para maximizar el alcance de estas imitaciones. La demanda explica que las tiendas aceptan pagos en dólares estadounidenses y realizan envíos a distintas jurisdicciones, entre ellas Nueva York, ampliando el alcance y el impacto de la infracción.
La demanda afirma que los productos comercializados bajo la marca MESSI en estos entornos digitales son falsificaciones, lo que genera confusión y engaño entre los consumidores. Los demandantes subrayaron que ninguna de las partes acusadas cuenta con licencia o autorización para la venta de estos productos, lo que constituye una violación directa a los derechos de marca y representa un caso de competencia desleal. El expediente detalla que los acusados se valen de diversas tácticas para permanecer en el anonimato, como la apertura de nuevas cuentas, el uso de nombres ficticios, la transferencia de fondos fuera del país y la rotación constante de dominios y perfiles para eludir restricciones y controles.
En palabras de Sebastián Maril, analista de LATAM Advisors, la situación aún no permite conocer la identidad completa de los involucrados: "No sabemos si es una demanda contra Temu. Todos los demandados permanecen bajo secreto de sumario hasta que la corte de NY pueda notificarlos. Es un grupo de varias entidades y personas físicas que operan principalmente via Temu". Maril remarcó que el proceso judicial mantiene en reserva la lista de demandados, a la espera de las notificaciones formales de la corte.
El expediente judicial contiene una serie de presentaciones y documentos que describen la mecánica implementada para ocultar la identidad de los responsables. Los abogados de los demandantes solicitaron que la corte mantenga sellada la identidad de los acusados y los anexos claves de la causa. La corte, a cargo del juez Edgardo Ramos, concedió esa moción y autorizó el tratamiento reservado de la información vinculada a la identidad de los demandados y los detalles de contacto, de acuerdo con lo consignado en documentos judiciales.
Entre las pruebas incorporadas figuran capturas de pantalla de las tiendas online y los productos ofertados, que fueron presentadas en anexos sellados como parte de las declaraciones juradas de los peritos contratados por los demandantes. Estas evidencias, según los abogados, demuestran la existencia de una red que replica el mismo método de comercialización y distribución de productos falsificados, valiéndose de la infraestructura de marketplaces globales.
La demanda sostiene que la venta de estos productos falsificados bajo la marca MESSI genera un daño concreto a la reputación y el valor comercial del futbolista y de las empresas vinculadas a su nombre. Los representantes legales de Messi y LMGM, S.L.U. señalaron que la actividad de los demandados no solo afecta los intereses económicos de los titulares de la marca, sino que también pone en riesgo a los consumidores, quienes adquieren productos que no cumplen con los estándares de calidad ni con las condiciones de autenticidad que la marca garantiza.
El reclamo legal incluye la solicitud de medidas cautelares para frenar el uso de la marca, bloquear las cuentas implicadas e impedir la continuidad de la venta de productos falsificados en las plataformas digitales identificadas. Los abogados pidieron a la corte la entrega de los beneficios económicos obtenidos por los acusados y el pago de daños y perjuicios, que podrían ascender hasta el triple de las ganancias obtenidas o, alternativamente, una indemnización legal que varía entre 1.000 y 2.000.000 de dólares por cada uso indebido de la marca registrada.
La presentación judicial describe el funcionamiento de esta red de comercio electrónico, señalando que los acusados emplean estrategias avanzadas de marketing digital para captar la atención de los compradores y redirigirlos a sus tiendas en marketplaces. Utilizan técnicas de SEO para posicionar sus productos en los primeros resultados de búsqueda y recurren al spam en redes sociales como mecanismo de promoción, según consta en los documentos presentados ante la corte.
Los abogados de los demandantes destacaron que los acusados buscan dificultar el accionar judicial a través de la dispersión de fondos y la multiplicidad de cuentas y dominios. Los documentos judiciales indican que los demandados transfieren las ganancias a cuentas bancarias en el extranjero, complicando la identificación y el embargo de activos. Esta modalidad representa un desafío para la aplicación de la ley y la protección efectiva de los derechos de propiedad intelectual.
En el expediente también se incluyen referencias a la notificación electrónica de la demanda a través de la corte y la intervención de organismos como la Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos. Los abogados de Messi y LMGM, S.L.U. adjuntaron documentos que acreditan el registro de la marca MESSI y su vigencia en el territorio estadounidense, como parte del sustento legal de la acción presentada.
De acuerdo con lo consignado en los documentos de PACER Monitor, la demanda fue presentada con una serie de anexos que contienen pruebas documentales, declaraciones juradas de expertos y la solicitud de órdenes judiciales de emergencia. Entre las presentaciones figuran declaraciones de peritos en comercio electrónico y propiedad intelectual, quienes aportaron capturas de pantalla, informes sobre el alcance de la falsificación y análisis del flujo de fondos.
La corte asignó la tramitación inicial a un magistrado para las cuestiones de procedimiento y habilitó la posibilidad de que las partes consientan la intervención de un juez de primera instancia para la resolución de aspectos parciales. Las reglas de procedimiento establecen que los abogados deben remitir copias de cortesía de los documentos presentados y cumplir con las normas electrónicas de la corte federal.
Respecto al estado procesal, en las horas posteriores a la radicación de la demanda se sucedieron presentaciones de mociones, declaraciones juradas y pedidos para mantener bajo reserva la información sensible. La corte concedió la moción para sellar parte de la documentación y autorizó la tramitación bajo confidencialidad, mientras avanza el proceso de notificación a los demandados.
En una declaración atribuida a Sebastián Maril, el analista enfatizó la complejidad de la trama: "Messi se enojó con los chinos que venden productos en Temu y les metió una demanda por uso indebido de marca y falsificación de merchandising".
La demanda invoca el Lanham Act, la ley federal de marcas de Estados Unidos, y la legislación local del estado de Nueva York para encuadrar los reclamos de infracción de marca registrada, competencia desleal y designación falsa de origen. Los demandantes también solicitaron el pago de honorarios legales y cualquier otro resarcimiento que la corte considere pertinente, según se desprende de la documentación revisada.
La acción judicial no solo busca un resarcimiento económico, sino también una respuesta institucional frente a la comercialización de productos falsificados en el entorno digital. Los abogados de Messi y LMGM, S.L.U. plantearon que el caso tiene como objetivo sentar precedente en la protección de marcas personales y comerciales ante la expansión de marketplaces globales que operan con miles de vendedores de diversos países.