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6 de febrero de 2026
La urgente necesidad de una ley de extinción de dominio en Argentina: Una mirada más cercana al caso Walter Bento

En la lucha contra el narcotráfico y el lavado de dinero, Argentina se encuentra en una encrucijada crítica debido a la ausencia de una ley de extinción de dominio coherente. Si bien el Decreto 62/2019 se promulgó con la intención de abordar este problema a nivel federal, aún no ha sido ratificado por el Congreso como ley integral. Esta falta de claridad legislativa obstaculiza significativamente la capacidad del Estado para recuperar los activos obtenidos a través de actividades ilícitas, como el narcotráfico y la corrupción.
Actualmente se desarrolla en Mendoza el juicio de alto perfil del exjuez federal Walter Bento, cuyo caso ilustra crudamente las deficiencias del marco legal argentino en materia de recuperación de activos. Con multas que superan los 2 mil millones de pesos atribuidas a las acciones de Bento, los activos involucrados —lujosas propiedades y vehículos de alta gama— serán subastados, con un potencial rendimiento de más de 750 millones de pesos, solo en el caso del ex Juez. Sin embargo, debido al vacío dejado por la no implementación de la Ley de Extinción de Dominio, estos fondos recuperados se destinan a engrosar las arcas del poder judicial en lugar de redirigirse al interés público o al bienestar de la comunidad.
A nivel nacional, el DNU 62/2019 describe un "Régimen de Acción Civil para la Extinción de Dominio", cuyo objetivo es rastrear y reclamar bienes provenientes de delitos graves, como el narcotráfico, la corrupción y la trata de personas. Este decreto permite al Estado reclamar la propiedad de bienes que no puedan justificarse como obtenidos legalmente. Sin embargo, sin leyes formales que respalden este proceso, la aplicación de la ley sigue estando plagada de desafíos e ineficiencias.
A nivel provincial, Mendoza avanzó al aplicar su primer caso de extinción de dominio en 2021, junto con Santa Fe, que cuenta con un sistema operativo para la recuperación y subasta de bienes adquiridos mediante actividades delictivas. Estos esfuerzos provinciales resaltan la necesidad de empoderar a las jurisdicciones locales, a la vez que subrayan las inconsistencias que presenta una política nacional fragmentada. Las distintas capacidades de cada región para gestionar estos asuntos no hacen más que intensificar la apremiante necesidad de un enfoque unificado.
Si bien el progreso observado en Mendoza y Santa Fe es encomiable, revela la urgente necesidad de un marco jurídico sólido que abarque a todas las provincias. Una Ley de Extinción de Dominio bien definida no solo optimizaría el proceso de recuperación de activos ilícitos, sino que también serviría como elemento disuasorio para posibles delincuentes, quienes podrían considerar la imposibilidad de reclamar dichos activos como una laguna en el sistema.
El caso de Walter Bento, a medida que se desarrolla, pone de relieve las flagrantes deficiencias de los mecanismos legales argentinos en materia de recuperación de activos. Los activos involucrados representan actividades ilícitas, pero corren el riesgo de perderse en manos del sistema judicial en lugar de beneficiar a la sociedad en su conjunto. Ha llegado el momento de que los legisladores prioricen la creación de una Ley de Extinción de Dominio que llene estas lagunas, permitiendo a Argentina recuperar lo que le corresponde por derecho: activos que pueden financiar programas sociales, fortalecer la aplicación de la ley y, en última instancia, contribuir a una sociedad más segura y equitativa.
El llamado a la acción es claro. Argentina debe actuar con decisión para legislar un marco coherente de Extinción de Dominio, que no solo aborde las deficiencias actuales, sino que también abra las puertas a un futuro donde prevalezca la justicia y el botín del delito se recupere para la comunidad. La ventana para el cambio está abierta; ¿aprovechará Argentina esta oportunidad?










