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27 de noviembre de 2025

El Gobierno aprobó el primer protocolo para identificar personas mediante rastros de olor: de qué se trata

A través de la Resolución 1341/2025, el Ministerio de Seguridad estableció un marco normativo para la identificación de personas mediante rastros de olor, buscando unificar criterios y mejorar la validez de pruebas en casos complejos

>El Ministerio de Seguridad aprobó el primer protocolo unificado para la recolección y comparación de rastros odoríferos en investigaciones judiciales de todo el país. Esta medida establece un marco normativo para el uso de la odorología forense, una técnica científica que permite identificar personas a partir de los olores que dejan en objetos, lugares o cuerpos, mediante el trabajo de perros adiestrados y operadores especializados.

En primer lugar, aclararon que la odorología forense “constituye una herramienta científica especializada para la identificación humana a través de la detección y comparación de compuestos orgánicos volátiles presentes en objetos, estructuras, personas o cadáveres mediante el empleo de canes adiestrados y operadores cinotécnicos capacitados”. Esta disciplina, que en los últimos años se incorporó progresivamente en fuerzas policiales nacionales e internacionales, demostró eficacia en investigaciones criminales complejas.

Hasta ahora, cada fuerza federal —como la Policía Federal, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y el Servicio Penitenciario Federal— aplicaba procedimientos propios, sin una regulación común que garantizara la trazabilidad y la validez técnica de las pruebas odorológicas.

Por esto mismo, el nuevo protocolo, elaborado con la participación de especialistas en la materia y personal de distintas fuerzas, busca “armonizar las prácticas operativas con criterios científicos, técnicos y jurídicos compatibles con los estándares internacionales”.

La resolución instruye a los jefes de todas las fuerzas federales a adecuar sus normas internas al nuevo protocolo y, a través del Consejo de Seguridad Interior, invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a sus lineamientos. De este modo, se apunta a una cobertura nacional que permita que la prueba odorológica tenga el mismo valor y confiabilidad en cualquier jurisdicción del país.

El protocolo regula de manera detallada la recolección, preservación, análisis y comparación de huellas odoríferas, estableciendo procedimientos que buscan evitar la contaminación de las muestras y asegurar la cadena de custodia.

Según especificaron, el objetivo central es aplicar la metodología conocida como “línea de exploración” (Line up), que permite vincular a una persona identificada con un objeto o espacio a partir de indicios objetivos.

El texto establece definiciones precisas para cada concepto técnico: el “odorotipo” es la combinación única de compuestos orgánicos volátiles que cada individuo emite, mientras que la “huella odorífera” es el conjunto de esas trazas presentes en elementos relacionados con la investigación.

El especialista en odorología forense o funcionario capacitado para la tarea deberá manipular y procesar los objetos, estructuras, personas y/o cadáveres de su interés con al menos la utilización de traje de bioprotección, guantes de nitrilo, barbijo, cofia y herramientas siempre limpias a efectos de evitar la contaminación cruzada y/o la incorporación de nuevos odorotipos sobre aquellos elementos”, aclararon.

En ese sentido, plantearon que “la subsistencia de posibles huellas o muestras odoríferas en condiciones apropiadas es de hasta tres (3) años para los levantamientos directos y de dos (2) años para los indirectos e instrumentales, a partir de lo cual su conservación se torna inoficiosa desde el punto de vista odorológico”.

Además, enfatizaron que “en ningún caso el Equipo Cinotécnico deberá conocer la ubicación del olor de control o indubitado sobre la línea de exploración y que el orden de las muestras sobre dicha línea debe ser cambiado”.

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