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31 de octubre de 2025

El Gobierno confirmó que el nuevo aumento en el precio del gas será del 7,20%

En paralelo, la Secretaría de Energía anunció una modificación en el precio del Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) por región

>Luego del último aumento aplicado al precio del La medida fue oficializada por el ministro de Economía, Luis Caputo, por medio de la publicación de la Resolución 1698/2025 en el Boletín Oficial. Asimismo, le asignó al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) la responsabilidad de ajustar los procedimientos de facturación para garantizar la correcta aplicación del recargo en el ámbito de su competencia.

“Establécese que el recargo previsto en el artículo 75 de la ley 25.565 y sus modificatorias será equivalente al siete coma veinte por ciento (7,20 %) sobre el precio de gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), por cada metro cúbico (m³) de nueve mil trescientas kilocalorías (9300 kcal) que ingrese al sistema de ductos en el Territorio Nacional”, dictaminó el titular de la cartera económica en el documento.

En cuanto a la cadena de comercialización, las empresas comercializadoras deberán trasladar el recargo en su totalidad sobre el precio del gas natural adquirido en el PIST, siempre que este recargo haya sido percibido previamente por el proveedor de gas.

El cambio afectará los contratos que fueron celebrados por el Plan de Reaseguro y Potenciación de la Producción Federal de Hidrocarburos, el Autoabastecimiento interno, las exportaciones, la sustitución de importaciones y la expansión del sistema de transporte para todas las cuencas hidrocarburíferas del país 2023-2028″.

En cuanto a la adecuación contractual, la normativa exige que ENARSA, las empresas productoras y las distribuidoras o subdistribuidoras de gas natural por redes que hayan suscrito acuerdos en el marco del Plan Gas.Ar, deberán ajustar dichos contratos en un plazo de cinco días corridos desde la publicación de la resolución, o el día hábil siguiente.

Estos instrumentos deberán ser presentados tanto ante la Secretaría de Energía como ante el ente, para que este último, en el ámbito de sus competencias, verifique el cumplimiento de lo dispuesto en el Numeral 9.4.2 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, aprobadas por el Decreto N° 2.255 del 2 de diciembre de 1992 y sus modificaciones.

De esta manera, los nuevos precios base que entrarán en vigencia a partir de noviembre serán los siguientes:

    - Buenos Aires: 2.895.

    - La Pampa sur: 2.937.

    - Buenos Aires sur: 2.828.

    - Chubut sur: 2.829.

    - Cordillerano: 2.908.

    - Santa Cruz sur: 2.795.

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