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18 de marzo de 2025

El Gobierno modificó la Ley Nacional de Tránsito: los 10 cambios que deberán tener en cuenta los automovilistas

Licencias de conducir sin vencimiento, VTV en talleres particulares, peajes sin cabinas en todo el país y homologación automática de autos importados con certificaciones internacionales, son los puntos más salientes del anuncio publicado en el Boletín Oficial

>El Gobierno public� finalmente este lunes en el Bolet�n Oficial, el decreto 196/2025 que representa una profunda reforma de la Ley Nacional de Tr�nsito 24.449, tal como lo ven�a anunciando su ide�logo, Federico Sturzenegger, desde el Ministerio de Desregulaci�n y Transformaci�n del Estado.

Uno de los factores comunes que aparece como determinante para que todas estas medidas lleguen a m�s personas radica en el hecho de estar modificando una Ley Nacional, lo que requiere que tanto provincias como municipios deban decidir adherirse a esta normativa para que tenga validez en sus respectivas jurisdicciones. Sin embargo, lo que resaltan desde el Ejecutivo es que con estas medidas lo que se est� generando es el marco apropiado para que quienes quieran, puedan hacerlo.

De los 11 puntos que se modifican uno ya se hab�a adelantado en los �ltimos d�as de la semana pasada, y era el referido a la simplificaci�n del tr�mite por el cual se pueden Ese certificado se emitir� contra la presentaci�n de la documentaci�n que garantice, para el caso de los importados, que las unidades se fabricaron bajo el amparo de certificaciones emitidos por organismos reconocidos por las Naciones Unidas conforme la reglamentaci�n Trans-WP29-343.

El resto de las reformas aplicadas a la Ley Nacional de Tr�nsito son las siguientes:

Se facilita la importaci�n de veh�culos en general. Para el caso de las importaciones en serie, que hasta ahora necesitaban la Licencia de Configuraci�n de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuraci�n Ambiental (LCA), esa documentaci�n ya no ser� necesaria siempre y cuando sean veh�culos que provengan de los considerados ?mercados de alta vigilancia?. En ese caso, con la sola presentaci�n de las certificaciones internacionales reconocidas, las mismas Trans-WP29-343, esos veh�culos quedar�n autom�ticamente homologados para circular por el territorio argentino.

Se libera la importaci�n de todo tipo de autopartes vehiculares. A partir de la publicaci�n de este decreto ya no ser� exigible el Certificado de Homologaci�n de autopartes de Seguridad (CHAS). Ese certificado requer�a tr�mites superpuestos con los de las certificaciones internacionales al solo efecto de ser admitidos en Argentina, pero adem�s, esos tr�mites inclu�an pruebas t�cnicas muy costosas que, en su gran mayor�a, no se hac�an en el pa�s.

Se confirma la eliminaci�n de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). A partir de ahora, las licencias profesionales de conducir clases C, D y/o E, emitidas por las jurisdicciones que adhieran a las normas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), tendr�n validez para el transporte entre las distintas jurisdicciones. Eliminar la LiNTI permite simplificar un doble tr�mite que se hac�a por parte de los transportistas profesionales, que requer�a sacar dos licencias, la de su propia jurisdicci�n, y la que le permit�a circular por todo el pa�s con cargas y pasajeros.

Apertura de las Revisiones T�cnicas Obligatorias (RTO), tambi�n llamadas Verificaci�n T�cnica Vehicular (VTV) o Inspecci�n T�cnica Vehicular (ITV) en distintas jurisdicciones. Ahora, siempre que se cumpla con los requisitos a nivel t�cnico y de instalaciones, se podr�n registrar nuevos espacios privados donde hacer las inspecciones, que ahora podr�n efectuarse en concesionarios oficiales y talleres autorizados.

Las rutas nacionales adoptar�n peajes libres de cabinas y con cobro autom�tico. Este programa tendr� un modo de aplicaci�n progresivo que consta de tres etapas. En la primera etapa, que llegar� hasta el 31 de diciembre de 2025, al menos una cabina de cada estaci�n de peaje de las rutas nacionales tendr� que tener el sistema de cobro autom�tico conocido como Telepase.

Se adec�a la normativa para permitir la circulaci�n de veh�culos de conducci�n aut�noma. Lo que se hace con esta incorporaci�n es aceptar que la conducci�n pueda no ser realizada por un conductor humano. Si bien todav�a el sistema de conducci�n aut�noma en todo el mundo apenas est� llegando a aceptar el Nivel 3 (de una escala de cinco niveles), esto s�lo ocurre en muy pocos tramos de ciertas rutas en Alemania, Jap�n y algunos estados norteamericanos.

Adecuar la norma en Argentina, en esta etapa, s�lo contempla algo que no estaba incorporado a la legislaci�n del tr�nsito en la v�a p�blica para cuando en el futuro esa tecnolog�a sea masiva y pueda llegar a todo el mundo.

La Licencia Nacional de Conducir ser� digital y no tendr� vencimiento. S�lo se requerir� una renovaci�n del estado psicof�sico de los conductores, el cual podr� ser emitido s�lo por profesionales de organismos p�blicos o privados, que est�n registrados para realizar esa certificaci�n. Desde la primera licencia, la actualizaci�n de los datos psicof�sicos ser� necesaria a cada 5 a�os. Quienes tengan m�s de 65 a�os y menos de 70, deber�n hacerla cada 3 a�os. Las personas de m�s de 70 a�os lo har�n anualmente.

Tambi�n se elimina la obligaci�n de renovaci�n al cumplirse el primer a�o de la licencia de conducir inicial. Sin embargo, si en el transcurso de los dos primeros a�os un conductor comete infracciones graves, se puede suspender su licencia y el conductor tendr� que rendir el examen completo para recuperarla.

Dentro de la reforma que implica la licencia de conducir profesional, queda eliminada tambi�n la obligaci�n de renovar la licencia ante un cambio de jurisdicci�n en el domicilio del titular. Hasta ahora, aun cuando la licencia no hubiera vencido, si un conductor o chofer profesional cambiaba su domicilio en el Documento Nacional de Identidad, por otro en otra ciudad o provincia, deb�a renovar su licencia de conducir tambi�n por una de su nueva jurisdicci�n.

El �ltimo punto est� referido a importaciones de autopartes y cascos de motos. En ambos casos se establecen normas IRAM como est�ndares de calidad m�nima en elementos de seguridad en general y en cascos de motocicletas en particular, promoviendo una circulaci�n m�s segura en la v�a p�blica.

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