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15 de diciembre de 2023

ATE rechazó el protocolo anunciado por Bullrich y lo consideró "inconstitucional"

"Los conflictos no deben ser resueltos por la policía o la justicia sino por aquellos que gobiernan, porque para eso fueron elegidos. La medida anunciada se orienta a atacar las consecuencias y no las causas de las protestas. Si no quiere conflictos que pare ya el ajuste e incremente los salarios", dijo el conductor del gremio, Rodolfo Aguiar. 

14-12-2023 | 18:05

El gremio precisó que el ejercicio del derecho constitucional de huelga está amparado por tratados internacionales de derechos humanos, de los que la Argentina es parte / Foto: Nacho Sánchez.

La conducción nacional de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), que lidera Rodolfo Aguiar, rechazó este jueves por "inconstitucional" el

protocolo de movilización anunciado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich

, informó la organización sindical.

La funcionaria presentó este jueves "un protocolo para el mantenimiento del orden público" para asegurar la libre circulación en rutas y calles ante protestas que deriven en piquetes o bloqueos, y dijo que todas las fuerzas federales intervendrán para garantizar su aplicación.

"Los conflictos sindicales y sociales no deben ser resueltos por la policía o la justicia sino por aquellos que gobiernan, porque para eso fueron elegidos. La medida anunciada por la ministra se orienta a atacar las consecuencias y no las causas de las protestas. Si no quiere conflictos que pare ya el ajuste e incremente los salarios", dijo el gremialista.


Aguiar sostuvo en un documento de prensa que ante "el anuncio de implementación de un protocolo antiexpresión por parte de la cartera de Seguridad la ATE no aceptará ningún condicionamiento al ejercicio constitucional de movilización y de protesta".

El gremio precisó que el ejercicio del derecho constitucional de huelga está amparado por tratados internacionales de derechos humanos, de los que la Argentina es parte, y enumeró también los artículos 14 y 14 bis y el inciso 22 del 75 de la Constitución Nacional.

"Es una atribución de forma exclusiva legislativa, por lo que es ilegal e inconstitucional su impedimento. No existe una norma que defina qué es una protesta. La única limitación vigente es temporal y la establece el Estado a través de la autoridad administrativa de la Secretaría de Trabajo para que las partes acuerden por la conciliación obligatoria", afirmó.

Para Aguiar, debe existir de forma previa "un principio de legalidad y una ley que establezca una norma, porque para el derecho de huelga nada dice cómo es", concluyó.
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